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BASES DEL CONCURSO BONANZA
AGROCOMMERCE S.A.
“La bendición del mar en Alvi”
AGROCOMMERCE S.A., en adelante «Agrocommerce» y/o «el Organizador», RUT N° 96.973.910-0, representada por don Fernando José Videla Leigh, cédula nacional de identidad N° 9.216.406-3 y don Eduardo Videla Leigh, cédula nacional de identidad N° 10.439.577-5, ambos domiciliados en Av. Jose Miguel Infante 8745, comuna de Renca, Santiago, ha organizado el concurso para los productos que comercializa bajo la marca “Bonanza”, denominado «La bendición del mar Alvi», en adelante «el Concurso», el cual se regirá por las siguientes bases, en adelante «las Bases»:
PRIMERO: Mecánica del Concurso, Premios y Participantes.
– “Jurel al Natural” marca Bonanza de 425 gramos,
– “Atún Lomito en Agua” marca Bonanza de 160 gramos, o
– “Atún Lomito en Aceite” de 160 gramos.
Además, deberán escanear desde sus teléfonos móviles el código QR que se muestra en el material POP que se ubicará dentro de la sala de ventas de los locales de Supermercados Alvi, debiendo luego completar sus datos personales y el número de boleta en el formulario que se desplegará en el respectivo teléfono luego de haberlo escaneado.
1.3 Los participantes del Concurso deberán guardar la boleta que ingresen en el formulario para poder cajear su premio.
SEGUNDO: Sorteo, Ganadores y Singularización del Premio.
2.1 Los ganadores del Concurso serán tres participantes, y se definirán en un sorteo que se realizará el viernes 2 de mayo de 2025 a las 12:00 horas. El sorteo se realizará mediante la plataforma app-sorteos.com, la cual garantiza aleatoriedad y transparencia en la elección de los ganadores. El proceso será supervisado por un representante del Organizador en la página web antes indicada. Para garantizar la transparencia, la grabación del sorteo se publicará el día siguiente en la página web https://bonanza.cl/concurso-alvi/.
2.2 Los nombres de quienes resulten ganadores serán informados a partir del día siguiente a la fecha del sorteo en el sitio web https://bonanza.cl/concurso-alvi/ y a través de un correo donde se contactarán a los ganadores, anunciándoles que ganaron y exigiéndoles que envíen una foto de la boleta donde se realizó la compra. En el caso de que coincida la información de la boleta con el nombre del ganador, se realizará el envío del premio al correo electrónico del ganador.
2.3 El premio consistirá en 3 gift cards para compras en Supermercados Alvi de $300.000 cada una, que podrá ser utilizada en todos los Supermercados Alvi de todo el país. La gift card tendrá una vigencia de 6 meses desde su entrega. No será canjeable por dinero en efectivo.
2.4 Quienes resulten sorteados como ganadores, serán contactados por Agrocommerce S.A., desde el correo electrónico bastudillo@agrocommerce.cl, donde se les informará que son ganadores del premio y se comunicará que éste será entregado a su correo electrónico. Previo a la entrega del premio, los ganadores deberán enviar una foto de la boleta relativa a la compra de los productos señalados en el punto 1.2 anterior.
TERCERO: Entrega del Premio.
3.1. El premio será entregado por parte del Organizador, previa confirmación de que la persona tiene en su poder la boleta de la compra de productos Bonanza, y del cabal cumplimiento de lo establecido en el presente documento. El Organizador se reserva el derecho de exigir la demostración de identidad de los ganadores, previo a la entrega de los Premios, mediante la exhibición de su cédula nacional de identidad, licencia de conducir o pasaporte vigente.
3.2. El Organizador será el único habilitado para dar a conocer e identificar al ganador en su Instagram @ProductosBonanza y en su página web https://bonanza.cl/concurso-alvi/ de acuerdo con estas Bases.
3.3. Una vez confirmado y comunicado quienes son los ganadores, no habrá cambio alguno ni sucesión del premio.
3.4 Si por cualquier causa o motivo, el respectivo ganador no pudiere recibir su premio a través de su correo electrónico, éste podrá concurrir personalmente para recibir el premio en el lugar indicado por el Organizador. Si transcurrido el plazo de 20 días hábiles administrativos desde la fecha del sorteo, es decir hasta el 30 de mayo de 2025, no se tuviera respuesta del ganador al correo de contacto ni tampoco se produjere la concurrencia personal de éste para cobrar su premio, se entenderá que renuncia a éste sin derecho a reclamo alguno.
3.5. No habiendo sido contactado ningún posible ganador, se extinguirán las obligaciones que al Organizador le correspondieren en cuanto a la entrega de los Premios y se declarará desierto el Concurso, dejando constancia de tal hecho por el mismo medio usado para publicitar las presentes bases o, en caso de no existir, el que lo reemplace.
CUARTO: Extensión temporal y territorial.
4.1 El Concurso comenzará el día 1 de abril de 2025 y terminará el día 30 de abril de 2025, ambos días inclusive. Asimismo, sólo será válido dentro del territorio de la República de Chile.
4.2 Lo anterior será sin perjuicio de que el Organizador decida extender el plazo de vigencia, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informarán oportuna y adecuadamente a través de sus redes sociales.
QUINTO: Restricciones.
5.1. Sólo podrán participar en el Concurso las personas naturales que sean capaces de acuerdo con la legislación chilena. Si algún menor de edad participare en el Concurso y resultase ganador de alguno de los premios, éste deberá concurrir personalmente con su representante legal para hacer efectivo el cobro del mismo, en el lugar determinado por el Organizador.
5.2. Serán de cargo de los ganadores del concurso todos los gastos en que éstos incurran para efectos de concurrir a la entrega del premio, en caso de aplicarse el punto 3.4. anterior.
5.3. El Organizador, más allá de las obligaciones legales de garantía, no se responsabiliza por la pérdida, extravío o robo ocurrido a los premios con posterioridad a su respectiva entrega.
SEXTO: Exclusiones.
Quedan excluidos de participar del Concurso:
6.1. Accionistas o socios que tengan participación igual o superior a 10% del capital social, directores, altos ejecutivos de las empresas y colaboradores pertenecientes a Agrocommerce, en caso de aplicar, el personal de sala de sus establecimientos comerciales y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores de la promoción, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador, con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el Concurso y/o familiar de ellos hasta el segundo grado.
6.2. Cualquier colaborador del Organizador y/o familiar de ellos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
6.3. Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución del presente Concurso.
SÉPTIMO: Disposiciones generales.
7.1. Conocimiento de las bases del Concurso: Se entenderá que toda persona que participe en el Concurso ha conocido íntegramente los términos y condiciones de la entrega de los Premios.
7.2. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del Concurso, el Organizador podrá modificar la duración, lugar y fechas del Concurso, los Premios y demás características y condiciones de estos.
7.3. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el Concurso, incluyendo, pero no limitándose a la falsificación o adulteración de datos.
7.4. Datos Personales: Por el sólo hecho de participar en el Concurso, los Participantes autorizan a Agrocommerce y a sus personas relacionadas, para anunciar y publicar el nombre del participante seleccionado, una fotografía, una imagen u otra semejanza, sin compensación adicional, en cualquier momento en las redes sociales y la página web de la marca. El Organizador no almacena ningún tipo de dato, salvo aquellos que hayan sido determinados como públicos por los usuarios. Los datos de los ganadores serán directamente obtenidos de los ganadores vía telefónica o correo electrónico y serán utilizados por Agrocommerce u otros terceros autorizados por Agrocommerce únicamente para los efectos del desarrollo del Concurso, de la entrega de los Premios y para el envío de comunicaciones de carácter informativo relativas al Concurso. Los datos entregados a Agrocommerce no serán puestos en conocimiento del público, salvo lo expuesto en estas Bases.
OCTAVO: Información al consumidor.
8.1 Los consumidores podrán efectuar consultas a la mesa central de Agrocommerce cuyo número telefónico es el (+562) 2411 4400.
8.2 En el caso de producirse reclamos de parte de los participantes, éstos deberán ser hechos por escrito, y dirigidos a Agrocommerce S.A. al correo electrónico bastudillo@agrocommerce.cl.
NOVENO: Protocolización.
9.1 Se deja constancia que la copia del presente documento será autorizada en la Notaría de Santiago, de doña María Soledad Lascar Merino. Las copias de ellas estarán a disposición del público en general, las cuales se encontrarán en el sitio web https://bonanza.cl/concurso-alvi/ de Bonanza y también las podrán solicitar en las dependencias de Agrocommerce S.A., ubicadas en Avenida José Miguel Infante 8745, comuna de Renca, Santiago, teléfono: 22 4114 400, y en la página de Internet www.agrocommerce.cl.
// La personería de don Fernando José Videla Leigh y de don Eduardo Videla Leigh para representar a Agrocommerce S.A. consta en escritura pública otorgada en la notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, el 15 de mayo de 2023.
Puedes ver una copia de las bases legales aquí
BASES DEL CONCURSO BONANZA
AGROCOMMERCE S.A.
“La bendición del mar”
AGROCOMMERCE S.A., en adelante «Agrocommerce» y/o «el Organizador», RUT N° 96.973.910-0, representada por don Fernando José Videla Leigh, cédula nacional de identidad N° 9.216.406-3 y don Eduardo Videla Leigh, cédula nacional de identidad N° 10.439.577-5, ambos domiciliados en Av. Jose Miguel Infante 8745, comuna de Renca, Santiago, ha organizado el concurso para los productos que comercializa bajo la marca “Bonanza”, denominado «La bendición del mar», en adelante «el Concurso», el cual se regirá por las siguientes bases, en adelante «las Bases»:
PRIMERO: Mecánica del Concurso, premios y participantes.
– “Jurel al Natural” marca Bonanza de 425 gramos,
– “Atún Lomito en Agua” marca Bonanza de 160 gramos, o
– “Atún Lomito en Aceite” de 160 gramos.
Además, deberán escanear desde sus teléfonos móviles el código QR que se muestra en el material POP que se ubicará dentro de la sala de ventas de los locales comerciales Comercial Castro, Comercial Teba, Distribuidora Mayorista de Abarrotes SpA, Provimarket, Cencocal, La Oferta Comercial, Los Italianos, Mallorca, Casa Gamovi, Mayorista DyL, Super 8, Mayorista 21, Mayorista MyM, Romanini y Rabie, entre otros, debiendo completar sus datos personales y el número de boleta en el formulario que se desplegará en el respectivo teléfono luego de haberlo escaneado.
1.3 Los participantes del Concurso deberán guardar la boleta que ingresen en el formulario para poder cajear su premio.
SEGUNDO: Sorteo, Ganadores y Singularización del Premio.
2.1 Los ganadores del Concurso serán 20 participantes, y se definirán en un sorteo que se realizará el día lunes 5 de mayo de 2025, a las 12:00 horas, de forma remota, el cual se transmitirá en vivo a través del Instagram @ProductosBonanza. El sorteo se informará además con una publicación en las redes sociales de Bonanza.
Los nombres de quienes resulten ganadores serán informados a partir del día siguiente a la fecha del sorteo en el sitio web www.Bonanza.cl, su plataforma de Instagram y Facebook @ProductosBonanza.
2.2 El premio consistirá en $100.000 para 20 ganadores, que se pagará por medio de una transferencia a una cuenta bancaria a nombre del ganador o, en su caso, la que designe su representante legal.
2.3 Quienes resulten sorteados como ganadores, serán contactados por Agrocommerce S.A., desde el correo electrónico bastudillo@agrocommerce.cl, donde se les informará que son ganadores del premio y se les solicitará la información necesaria para hacer la respectiva transferencia bancaria. Previo a la entrega del premio, los ganadores deberán enviar una foto de la boleta relativa a la compra de los productos señalados en el punto 1.2 anterior.
TERCERO: Entrega del Premio.
3.1. El premio será entregado por parte del Organizador, previa confirmación de que la persona tiene en su poder la boleta de la compra de productos Mar Bonanza, y del cabal cumplimiento de lo establecido en el presente documento. El Organizador se reserva el derecho de exigir la demostración de identidad de los ganadores, previo a la entrega de los premios, mediante la exhibición de su cédula nacional de identidad, licencia de conducir o pasaporte vigente.
3.2. El Organizador será el único habilitado para dar a conocer mediante un “live” a través del Instagram de Bonanza, donde se informarán los nombres de los todos los ganadores del concurso de acuerdo con estas Bases.
3.3. Una vez confirmado y comunicado quienes son los ganadores, no habrá cambio alguno ni sucesión del premio.
3.4 Si por cualquier causa o motivo, el respectivo ganador no pudiere recibir su premio, éste podrá concurrir personalmente para recibir el premio en el lugar indicado por el Organizador. Si transcurrido el plazo de 20 días hábiles administrativos desde que se den a conocer los ganadores, es decir, hasta el 30 de mayo de 2025, no se tuviera respuesta del ganador al correo de contacto ni tampoco se produjere la concurrencia personal de éste para cobrar su premio, se entenderá que renuncia a éste sin derecho a reclamo alguno.
3.5. No habiendo sido contactado ningún posible ganador, se extinguirán las obligaciones que al Organizador le correspondieren en cuanto a la entrega de los premios y se declarará desierto el Concurso, dejando constancia de tal hecho por el mismo medio usado para publicitar las presentes bases o, en caso de no existir, el que lo reemplace.
CUARTO: Extensión temporal y territorial.
4.1 El Concurso comenzará el día 1 de abril de 2025 y terminará el día 30 de abril de 2025, ambos días inclusive. Asimismo, sólo será válido dentro del territorio de la República de Chile.
4.2 Lo anterior es sin perjuicio de que los organizadores decidan extender el plazo de vigencia, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informarán oportuna y adecuadamente a través de las redes sociales de Bonanza.
QUINTO: Restricciones.
5.1. Sólo podrán participar en el Concurso las personas naturales que sean capaces de acuerdo con la legislación chilena. Si algún menor de edad participare en el Concurso y resultase ganador de alguno de los premios, éste deberá concurrir personalmente con su representante legal para hacer efectivo el cobro del mismo, en el lugar determinado por el Organizador.
5.2. Serán de cargo de los ganadores de los premios, todo gasto en que éstos incurran para efectos de concurrir a la entrega del premio.
5.3. El Organizador, más allá de las obligaciones legales de garantía, no se responsabiliza por la pérdida, extravío o robo ocurrido a los premios con posterioridad a su respectiva entrega.
SEXTO: Exclusiones.
Quedan excluidos de participar del Concurso:
6.1. Accionistas o socios que tengan participación igual o superior a 10% del capital social, directores, altos ejecutivos de las empresas y colaboradores pertenecientes a Agrocommerce, en caso de aplicar, el personal de sala de sus establecimientos comerciales y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores de la promoción, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador, con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el Concurso y/o familiar de ellos hasta el segundo grado.
6.2. Cualquier colaborador del Organizador y/o familiar de ellos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
6.3. Cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución del presente Concurso.
SÉPTIMO: Disposiciones generales.
7.1. Conocimiento de las bases del Concurso: Se entenderá que toda persona que participe en el Concurso ha conocido íntegramente los términos y condiciones de la entrega de los premios.
7.2. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del Concurso, el Organizador podrá modificar la duración, lugar y fechas del Concurso, los premios y demás características y condiciones de estos.
7.3. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el Concurso, incluyendo, pero no limitándose a la falsificación o adulteración de datos.
7.4. Datos Personales: Por el sólo hecho de participar en el Concurso, los Participantes autorizan a Agrocommerce y a sus personas relacionadas, para anunciar y publicar en sus redes sociales y su página web el nombre de los participantes seleccionados, una fotografía, una imagen u otra semejanza, sin compensación adicional, en cualquier momento y en distintas ocasiones. El Organizador no almacena ningún tipo de dato, salvo aquellos que hayan sido determinados como públicos por los usuarios. Los datos de los ganadores serán directamente obtenidos de los ganadores vía telefónica o correo electrónico y serán utilizados por Agrocommerce u otros terceros autorizados por Agrocommerce únicamente para los efectos del desarrollo del Concurso, de la entrega de los premios y para el envío de comunicaciones de carácter informativo relativas al Concurso. Los datos entregados a Agrocommerce no serán puestos en conocimiento del público, salvo lo expuesto en estas Bases.
OCTAVO: Información al consumidor.
8.1 Los consumidores podrán efectuar consultas a la mesa central de Agrocommerce cuyo número telefónico es el (+562) 2411 4400.
8.2 En el caso de producirse reclamos de parte de los participantes, éstos deberán ser hechos por escrito, y dirigidos a Agrocommerce S.A. al correo electrónico bastudillo@agrocommerce.cl.
NOVENO: Protocolización.
9.1 Se deja constancia que la copia del presente documento será autorizado en la Notaría de Santiago, de doña María Soledad Lascar Merino. Las copias de ellas estarán a disposición del público en el sitio web de la marca www.bonanza.cl, como también podrán ser solicitadas en las dependencias de Agrocommerce S.A., ubicadas en Avenida José Miguel Infante 8745, comuna de Renca, Santiago, teléfono: 22 4114 400, y en la página de Internet www.agrocommerce.cl.
// La personería de don Fernando José Videla Leigh y de don Eduardo Videla Leigh para representar a Agrocommerce S.A. consta en escritura pública otorgada en la notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, el 15 de mayo de 2023.
Puedes ver una copia de las bases legales aquí